La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) declaró al Estado mexicano responsable por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario. Era una mujer indígena náhuatl de 73 años, en hechos ocurridos en febrero de 2007 y atribuibles a miembros del Ejército mexicano. La sentencia, notificada este martes, resuelve que el Estado incumplió obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
La postura de la Corte Internacional
La CoIDH constató que Ascencio fue violada por soldados el 25 de febrero de 2007, en la comunidad de Tetlalzinga, Sierra Zongolica, Veracruz. Los hechos ocurrieron durante operaciones militares vinculadas a la llamada “lucha contra el narcotráfico”, implementadas por el expresidente Felipe Calderón.
El Tribunal consideró la agresión sexual un acto de tortura, por el intenso sufrimiento físico y mental causado a la víctima. La Corte determinó que la violación y las graves lesiones, junto con la falta de atención médica oportuna, produjeron la muerte de la mujer al día siguiente.
La sentencia establece que el Estado violó también el derecho de Ascencio a la salud, al no garantizar atención médica accesible y adecuada. Señalaron que el Hospital Regional de Río Blanco carecía de intérpretes de náhuatl, lo cual obstaculizó la atención.
Deficiencias de la investigación y discriminación
La Corte subrayó que la investigación realizada por las autoridades mexicanas fue deficiente, careció de una debida diligencia reforzada y fue cerrada prematuramente sin agotar líneas esenciales de pesquisa. Además, señaló que el proceso no incorporó perspectivas de género, étnica ni etaria, cuestiones particularmente relevantes dado que la víctima era una mujer indígena, monolingüe y adulta mayor.
La CoIDH también advirtió que estereotipos discriminatorios permeaban las actuaciones, incluidos señalamientos de altas autoridades de Gobierno de aquel momento. Estas generaron un entorno de descreimiento hacia las declaraciones de la familia de Ascencio.
Reparación del daño y obligaciones para el Estado
El fallo obliga al Estado mexicano a implementar medidas de reparación integral, entre ellas:
- Conducir una investigación penal exhaustiva y seria para identificar, procesar y sancionar a los responsables.
- Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.
- Brindar atención médica, psicológica y social adecuada a familiares de la víctima.
- Fortalecer servicios especializados y crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para garantizar el acceso a la justicia y a la salud.
- Garantizar intérpretes en el Hospital Regional de Río Blanco y en la Fiscalía de Veracruz, así como pagar indemnizaciones por daños materiales e inmateriales a la familia.
Durante la notificación de la sentencia, estuvieron presentes representantes del Estado mexicano, entre ellos el embajador Víctor Sánchez Colín y la directora de casos en litigio internacional de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Rosalinda Salinas. El juez vicepresidente de la Corte, Rodrigo Mudrovich, enfatizó la importancia de la investigación penal y sanción de responsables.




