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Pide diputado atención obligatoria e inmediata a víctimas

Por Redacción
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El diputado David Martínez Mendizábal presentó una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Salud del Estado de Guanajuato y de la Ley para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en el Estado de Guanajuato. Esto con el objetivo de garantizar atención prioritaria, obligatoria e inmediata a víctimas directas, indirectas o potenciales relacionadas con hechos de desaparición o no localización de personas.

La propuesta establece que la atención deberá brindarse con enfoque psicosocial, perspectiva de género, respeto a los derechos humanos, principio de no revictimización e interés superior de la niñez, cuando corresponda. La atención inmediata o de urgencia no podrá condicionarse a trámites administrativos, afiliación o acreditación previa de derechohabiencia.

Las impactantes cifras

Durante la exposición de motivos, el legislador destacó que la desaparición de personas en Guanajuato representa una problemática persistente y de alto impacto social. De acuerdo con cifras del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas actualizadas al 24 de abril de 2026, en la entidad se registran 5 mil 524 personas desaparecidas o no localizadas, de las cuales 4 mil 530 son hombres, 945 mujeres y 49 se encuentran en categoría indeterminada.

Señaló que el fenómeno se concentra principalmente en municipios del corredor industrial y poblacional del estado. Celaya registra 802 casos; León, 620; e Irapuato, 592, acumulando entre los tres más de un tercio de los casos estatales. A estos se suman Salamanca, Villagrán y Pénjamo, con lo que seis municipios concentran más de la mitad de los casos registrados en Guanajuato.

La iniciativa

Por lo anterior, manifestó que la iniciativa propone incorporar el principio de prioridad reforzada para personas en situación de especial vulnerabilidad, particularmente víctimas directas, indirectas o potenciales, al momento de acceder a servicios de salud, medicamentos e insumos asociados, integrando este criterio dentro de la prestación ordinaria de los servicios públicos de salud.

Agregó que los establecimientos públicos integrantes del Sistema Estatal de Salud deberán proporcionar atención inmediata en casos de urgencia, así como atención continua, integral y diligente. Los servicios contemplan valoración inicial, atención médica, psicológica, psiquiátrica, odontológica, rehabilitación, salud mental, estudios de laboratorio y gabinete, medicamentos, canalización y seguimiento.

Reiteró que la falta de carnet, registro o acreditación documental no deberá representar un obstáculo para recibir atención inmediata, ya que dichos requisitos podrán integrarse posteriormente conforme a la Ley de Víctimas del Estado de Guanajuato.

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