Durante sesión en la cámara de diputados, con 250 votos a favor, con mayoría parlamentaria de Morena y 197 en contra, se aprobó la madrugada del jueves la reforma a la Ley de Amnistía.
Esto con la finalidad de que el titular del Poder Ejecutivo Federal, es decir, el presidente de la república, tenga facultad exclusiva para otorgar amnistía de manera directa.
El presidente podría liberar de la cárcel a personas vinculadas a proceso, sentenciadas o quienes enfrenten acción penal.
Parte de la reforma establece que procedería únicamente cuando
- Se otorga a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano
- Cuando se haya ejercido la acción penal en contra de la persona o personas a quienes se conceda la amnistía y estén siendo procesados o sentenciados a un delito.
¿Qué dice la oposición?
Señalaron que con lo establecido en el nuevo artículo 9 en esta ley, es “como liberar a un secuestrador, a un violador, feminicida o integrantes del crimen organizado”
“¿El presidente definirá al hombre sabio y bueno o definirá al cómplice a modo para que aporte elementos ante el propio presidente de la República y será solamente él quien evalúe si se debe conceder o no la amnistía?”
Blanca Alcalá, diputada del PRI
“No se están dando cuenta de las consecuencias que tendrá en el largo plazo, también es inamisible porque se presta a que el presidente de la República utilice la figura del poder para liberar a sus amigos, a sus compas, a sus socios, a sus cómplices, no importa si son asesinos o narcotraficantes”
Enrique Gerardo Sosa, diputado del PAN
¿Qué es la Ley de Amnistía?
Esta ley otorga la libertad o el “perdón” a las personas encarceladas que hayan sido vinculadas a procesos o que hayan sido sentenciados duramente.
La ley publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 2020, señala que la amnistía o el “perdón” aplica para:
- Personas que no sean reincidentes en delitos
- Que pertenezcan a grupos vulnerables
- Que tiene como efecto la extinción de las acciones penales y sanciones impuestas.
- Personas que hayan cometido un delito contra la salud bajo situación de vulnerabilidad
- Que no hayan contando con un defensor o intérprete en su lengua
- Por robo simple y sin violencia
- Por levantamiento de un grupo de personas sin uso de armas por cuestiones políticas
- Por aborto