
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó por mayoría la modificación del acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre las campañas y veda electoral para el próximo ejercicio democrático 2025.
El 29 de marzo, el INE aprobó la prohibición a servidores públicos, instituciones públicas y entes gubernamentales la promoción del proceso electoral al Poder Judicial. Esta prohibición, se integraba a los criterios aprobados para garantizar equidad e imparcialidad en las campañas de jueces, magistrados y ministros.
Este acuerdo, provocó molestias entre los servidores de la Cuarta Transformación, por lo que impugnaron la prohibición. El TEPJF recibió al menos 39 impugnaciones provenientes de diversos personajes. La presidenta Claudia Sheinbaum, la Cámara de Diputados, Morena y el Gobierno del Estado de México. También de la candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este miércoles, durante la sesión celebrada por el TEPJF, el bloque mayoritario de magistrados, aprobó el cambio en la prohibición del INE. La Sala Superior concluyó que el INE determinó indebidamente ser la única autoridad con atribuciones exclusivas para la promoción del voto y de la participación ciudadana.
“Estas restricciones no están previstas expresamente en la Ley y son contrarias a lo establecido por la Constitución”
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
El INE se basó en López Obrador
Lo irónico de esta jugada por parte de los servidores públicos es que en su momento, el Consejo General del INE, basó su decisión en el texto de la reforma judicial que impulsó el expresidente Andrés Manuel López Obrador. Misma que fue aprobada por Morena.
“Los partidos políticos y las personas servidores públicas no podrán realizar ningún acto de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.
Queda prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial”
A pesar de esto, el bloque mayoritario del TEPJF presentó una resolución. Esta plantea que aunque parezca que “la ley le da la razón al INE”; la elección de personas juzgadoras tiene una naturaleza distinta a las elecciones tradicionales. Según ellos, “las reglas son diferentes”.
El bloque opositor argumentó lo mismo que el INE. Sostienen que la misma ley electoral prohíbe expresamente el uso de recursos públicos para actos de promoción y propaganda.